Solicitud de subvención para la realización de actividades extraescolares para el curso escolar
Subvención de la ayuntamiento de Gavá

Descripción; Subvenciones para la promoción de las actividades extraescolares curso 2017-2018 a las personas con dificultades económicas que estén empadronadas en Gavà y que se realicen en un centro del municipio que manifieste la voluntad de participar como entidad colaboradora en esta convocatoria de subvenciones. Será subvencionable el coste total o parcial de las cuotas de participación en una actividad extraescolar prestada por alguna AMPA, Club Deportivo, Escuela de música, pintura, danza, artes escénicas, idiomas u otros similares, vinculadas con la cultura, la educación o el deporte. Fechas de presentación Desde el 01/07/2017 hasta el 30/09/2017 Documentación a presentar Las solicitudes para participar en la convocatoria de estas bases se deben formular mediante impresos normalizados que se facilitarán en la OAC del Ayuntamiento de Gavà o en la sede electrónica. Las solicitud deberán entregarse en el Ayuntamiento de Gavà en el plazo establecido en la convocatoria, será del 1 de julio al 30 de septiembre de 2017. Los interesados deberán entregar la siguiente documentación: En caso de haberse presentado a la convocatoria de subvenciones de apoyo a la escolarización del mismo curso escolar, Proyecto A: libros de texto, y autoricen la consulta a la hoja de la solicitud, sólo deberán presentar la documentación detallada en el apartado 1 y 2. 1. Modelo normalizado de solicitud (anexo I). 2. Certificado del Centro prestador de las actividades extraescolares, demostrativo de estar inscrito en el mismo y del importe / año de la actividad. En el mismo documento el centro prestador de la actividad extraescolar, deberá manifestar que acepta las presentes bases y se compromete a descontar de las cuotas de la actividad extraescolar del curso actual del importe de la subvención (Anexo II) 3. Fotocopia NIF o NIE de todos los miembros de la unidad familiar. 4. Documentos de los ingresos o rendimientos por conceptos no contributivos del año anterior a la convocatoria: Subsidio de desempleo, dependencia y otras prestaciones. 5. En caso de separación o divorcio, fotocopia de la sentencia judicial donde se especifiquen los acuerdo económicos. En caso de incumplimiento del pago de los acuerdos, aportar copia de la denuncia o de la demanda judicial. 6. Las personas que perciban la Renta Mínima de Inserción (PIRMI) o equivalente, autorización al Ayuntamiento para obtener el certificado y su importe. 7. En caso de familia numerosa, fotocopia de los carnet acreditativo de la condición de familia numerosa y / o de familia monoparental, en vigor. 8. Niños en acogimiento acreditará mediante la resolución de acogida del Departamento correspondiente de la Generalidad de Cataluña. 9. En caso de discapacidad del alumno o hermanos aportar el Certificado que acredite la discapacidad, emitido por un centro de Atención a Personas con Discapacidad del Departamento correspondiente de la Generalidad de Cataluña, o por los organismos competentes de otras comunidades autónomas. 10. En casos excepcionales, en los que la situación económica y familiar haya sufrido cambios respecto al año anterior de la convocatoria, se podrá valorar documentación actual justificativa de la situación socioeconómica de la unidad familiar: nóminas actuales, certificación de la oficina del paro en el que conste el importe mensual de la prestación y / o subsidio, así como cualquier otro documento que permita valorar con exactitud la renta per cápita familiar o la no percepción de ingresos. Por la naturaleza de la ayuda y la especificidad del colectivo, para obtener la condición de becario no es necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones. El hecho de prestar la solicitud conlleva que se autoriza al Ayuntamiento de Gavà a la consulta de los siguiente datos, relativos a todos los miembros de la unidad familiar: En el Ayuntamiento de Gavà: Volante de convivencia de la vivienda donde esta empadronado el menor beneficiario. En la Agencia Estatal de Administración Tributaria: Declaración de IRPF del ejercicio anterior de todas las personas que conviven en el domicilio. En el Instituto Nacional de Seguridad Social Prestaciones, contributivas y no contributivas que reciben A Generalidad de Cataluña Renta Mínima de Inserción (PIRMI) En caso de que no se autorice al Ayuntamiento de Gavà a hacer estas consultas, los solicitantes y el resto de miembros de la unidad familiar deberán entregar las certificaciones correspondientes junto con la solicitud de subvención. En caso de hermanos, hay que aportar una única solicitud, pero deberán juntar una anexo II para cada niño. Requisitos -Tener entre 3 y 16 años y estar cursando de P3 a 4º ESO del año de la convocatoria. -Estar empadronado en el municipio de Gavà. -Estar inscrito en una actividad extraescolar en un centro de Gavà colaborador con el Ayuntamiento de Gavà en la convocatoria de subvenciones. -Cumplimentar debidamente la solicitud y presentarla, dentro del período establecido en la OAC del Ayuntamiento de Gavà y adjuntar la documentación requerida, descrita en la hoja de solicitud. · No disponer de un umbral de renta superior a 1,8 * IRSC + (1.500,00 € * (MUF-1) Núm, personas Unitad Familiar Umbral máximo (Import en bruto) 2 15.841,91 € 3 17.341,91 € 4 18.841,91 € 5 20.341,91 € 6 21.841,91 € 7 23.341,91 € IRSC, Indicador de renta de suficiencia de Cataluña, establecido en 569,12 euros mensuales y 7.967,73 euros anuales, para el ejercicio 2015, a la Ley de presupuestos de la Generalidad MUF, Miembros de la Unidad Familiar de Convivencia: · Los progenitores, en su caso, el / la tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, el solicitante, los hermanos solteros menores de veintiún cinco años y que convivan en el domicilio familiar o los de más edad , cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. · En caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable aquel que no conviva con el solicitante de la beca. Sin embargo tendrá la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, la renta se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar. · En los casos de violencia machista con sentencia o resolución judicial, no se considerará miembro computable el maltratador, de acuerdo con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. El cálculo de la renta se realizará a partir de los datos obtenidos, mediante la consulta a la Agencia Tributaria y de las pensiones no contributivas, de la siguiente manera: Se sumará el nivel de renta facilitado en el certificado emitido por la Agencia Tributaria del último ejercicio fiscal que esté disponible y los ingresos anuales obtenidos de otros conceptos no contributivos (pensiones no contributivas, PIRMI, pensiones de alimentos y otros) del mismo ejercicio del que se haya obtenido la renta. Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios y no han presentado la declaración por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, se seguirá el procedimiento descrito y del resultado obtenido se restarán los pagos efectuados a cuenta. Canales de entrada Presencial Destinatarios del trámite Personas empadronadas en Gavà Lugares de presentación OAC Ayuntamiento Plaça Jaume Balmes, sn. Planta 0 Dilluns, dimecres i divendres de 9 a 14.30 i dimarts i dijous de 9 a 19. Horari d'estiu: de dilluns a divencres de 9 a 14.30

Solicitud y concesión de subvenciones de soporte a la escolarización (Libros)
Subvención de la ayuntamiento de Gavá

Descripción; Subvencion de apoyo a la escolarización curso 2017-2018 (libros). Esta subvención se despliega en tres proyectos: Proyecto A: LIBROS DE TEXTO Se entiende por libro de texto el material impreso, de carácter duradero, con el fin de que el alumnado lo utilice, y que desarrolle, atendiendo a las orientaciones metodológicas y criterios de evaluación correspondientes, los contenidos establecidos por los diferentes currículos vigentes en las áreas, materias o asignaturas y los ciclos o cursos de que se trate. Se entenderá como libro de texto los cuadernos de actividades, ya sean los complementarios de los libros de texto como los elaborados por los propios centros. También se subvencionarán los diccionarios y los libros de lectura. No se subvencionará el material escolar (libretas, bolígrafos, colores, etc.) ni el material fungible. En aquellos centros que se esté llevando a cabo el antiguo Programa EDUCA 1x1 de la Generalidad de Cataluña se tendrá en cuenta la adquisición del ordenador así como los libros y / o licencias digitales. Proyecto B: SOCIALIZACIÓN DE LIBROS Se entiende por proyecto de socialización el apoyo al mantenimiento de acciones de socialización de libros de texto y material curricular que las direcciones de los centros de educación primaria estén llevando a cabo. Proyecto C: REUTILIZACIÓN DE LIBROS Se entiende por proyecto de reutilización de libro el apoyo al mantenimiento de acciones que las AMPAS de los centros de educación primaria estén llevando a cabo para gestionar el programa de socialización de libros y material escolar. Fechas de presentación Desde el 01/07/2017 hasta el 30/09/2017 Documentación a presentar Periodo de presentación de solicitudes del 1 de julio al 30 de septiembre de 2017 Las solicitudes para participar en la convocatoria de estas bases se deben formular mediante impreso normalizado y adjuntar la documentación requerida según el proyecto: Proyecto A: LIBROS DE TEXTO Los interesados ¿¿deberán entregar la siguiente documentación: 1. Modelo normalizado de solicitud (anexo I). 2. Factura detallada de la compra de los libros: · La Factura deberá detallar el nombre y el importe de cada libro y comprobante de pago. · La factura sólo podrá hacer referencia a libros de un solo niño. En caso de hermanos deberán llevar facturas diferenciadas. · En la factura sólo podrá haber conceptos vinculados con el apoyo a la escolarización. No se admitirán facturas que incluyan otros productos (por ejemplo, facturas de supermercados con productos de alimentación, limpieza, etc) · En caso de que la Dirección del Centro Escolar o el AMPA avale la compra de los libros a la familia, deberán presentar un certificado de compromiso de ambas partes, donde quede detallado el nombre y el importe de cada libro. En este caso el importe de la subvención se abonará a Centro Escolar o al AMPA. 3. Fotocopia NIF o NIE de todos los miembros de la unidad familiar. 4. Documentos de los ingresos o rendimientos por conceptos no contributivos del año anterior a la convocatoria: Subsidio de desempleo, dependencia y otras prestaciones. 5. En caso de separación o divorcio, fotocopia de la sentencia judicial donde se especifiquen los acuerdo económicos. En caso de incumplimiento del pago de los acuerdos, aportar copia de la denuncia o de la demanda judicial. 6. Las personas que perciban la Renta Mínima de Inserción (PIRMI) o equivalente, autorización al Ayuntamiento para obtener el certificado y su importe. 7. En caso de familia numerosa, fotocopia de los carnet acreditativo de la condición de familia numerosa y / o de familia monoparental, en vigor. 8. Niños en acogimiento acreditará mediante la resolución de acogida del Departamento correspondiente de la Generalidad de Cataluña. 9. En caso de discapacidad del alumno o hermanos aportar el Certificado que acredite la discapacidad, emitido por un centro de Atención a Personas con Discapacidad del Departamento correspondiente de la Generalidad de Cataluña, o por los organismos competentes de otras comunidades autónomas. 10. Cuenta bancaria para hacer transferencia del importe de la subvención otorgada, en su caso. (Anexo III). Es obligatorio presentar el anexo III, correctamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria. 11. En casos excepcionales, en los que la situación económica y familiar haya sufrido cambios respecto al año anterior de la convocatoria, se podrá valorar documentación actual justificativa de la situación socioeconómica de la unidad familiar: nóminas actuales, certificación de la oficina del paro en el que conste el importe mensual de la prestación y / o subsidio, así como cualquier otro documento que permita valorar con exactitud la renta per cápita familiar o la no percepción de ingresos. Por la naturaleza de la ayuda y la especificidad del colectivo, para obtener la condición de becario no es necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones. El hecho de prestar la solicitud conlleva que se autoriza al Ayuntamiento de Gavà a la consulta de los siguiente datos, relativos a todos los miembros de la unidad familiar: En el Ayuntamiento de Gavà: Volante de convivencia de la vivienda donde esta empadronado el menor beneficiario. En la Agencia Estatal de Administración Tributaria: Declaración de IRPF del ejercicio anterior de todas las personas que conviven en el domicilio. En el Instituto Nacional de Seguridad Social Prestaciones, contributivas y no contributivas que reciben A Generalidad de Cataluña Renta Mínima de Inserción (PIRMI) En caso de que no se autorice al Ayuntamiento de Gavà a hacer estas consultas, los solicitantes y el resto de miembros de la unidad familiar deberán entregar las certificaciones correspondientes junto con la solicitud de subvención. Proyecto B: SOCIALIZACIÓN DE LIBROS Los centros interesados ¿¿deberán entregar la siguiente documentación: Hoja de Participación. (Anexo II) Listados de precios de libros Plan de Socialización del centro por el curso del año de la convocatoria. Cuenta bancaria para hacer transferencia del importe de la subvención otorgada, en su caso. Es obligatorio presentar el anexo IV, correctamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria. El hecho de prestar la solicitud conlleva que se autoriza al Ayuntamiento de Gavà en la consulta a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social certificado acreditativo de la inexistencia de deudas. Proyecto C: REUTILIZACIÓN DE LIBROS Las AMPA interesadas deberán entregar la siguiente documentación: Instancia solicitando la subvención Presentar el Plan de acción de Reutilización el curso del año de la convocatoria. Cuenta bancaria para hacer transferencia del importe de la subvención otorgada, en su caso. Es obligatorio presentar el anexo III, correctamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria. El hecho de prestar la solicitud conlleva que se autoriza al Ayuntamiento de Gavà en la consulta a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social certificado acreditativo de la inexistencia de deudas. Requisitos Dependiendo del proyecto específico que se trate, los requisitos indispensables para poder recibir la subvención son: Proyecto A: LIBROS DE TEXTO Los requisitos a cumplir son: · Estar empadronado en el municipio de Gavà. · Estar matriculado en un centro educativo sostenido con fondos públicos del municipio de Gavà. · Cumplimentar debidamente la solicitud y presentarla, dentro del período establecido en la OAC del Ayuntamiento de Gavà y adjuntar la documentación requerida, descrita en la hoja de solicitud. · No disponer de un umbral de renta superior a 1,8 * IRSC + (1.500,00 € * (MUF-1) Núm, personas Unidad Familiar Umbral máximo (Importe en bruto) 2 15.841,91 € 3 17.341,91 € 4 18.841,91 € 5 20.341,91 € 6 21.841,91 € 7 23.341,91 € IRSC, Indicador de renta de suficiencia de Cataluña, establecido en 569,12 euros mensuales y 7.967,73 euros anuales, para el ejercicio 2015, a la Ley de presupuestos de la Generalidad MUF, Miembros de la Unidad Familiar de Convivencia: · Los progenitores, en su caso, el / la tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, el solicitante, los hermanos solteros menores de veintiún cinco años y que convivan en el domicilio familiar o los de más edad , cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. · En caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable aquel que no conviva con el solicitante de la beca. Sin embargo tendrá la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, la renta se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar. · En los casos de violencia machista con sentencia o resolución judicial, no se considerará miembro computable el maltratador, de acuerdo con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. El cálculo de la renta se realizará a partir de los datos obtenidos, mediante la consulta a la Agencia Tributaria y de las pensiones no contributivas, de la siguiente manera: Se sumará el nivel de renta facilitado en el certificado emitido por la Agencia Tributaria del último ejercicio fiscal que esté disponible y los ingresos anuales obtenidos de otros conceptos no contributivos (pensiones no contributivas, PIRMI, pensiones de alimentos y otros) del mismo ejercicio del que se haya obtenido la renta. Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios y no han presentado la declaración por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, se seguirá el procedimiento descrito y del resultado obtenido se restarán los pagos efectuados a cuenta. Proyecto B: SOCIALIZACIÓN DE LIBROS Las condiciones a cumplir son: Ser un centro de educación infantil y primaria de Gavà. El centro debe estar implementando acciones propias de Socialización y / o Reutilización de libros en la escuela. Cumplimentar debidamente la hoja de participación. Presentar el listado de precios de los libros. Presentar el Plan de Socialización del centro por el curso del año de la convocatoria. Proyecto C: REUTILIZACIÓN DE LIBROS Las condiciones a cumplir son: Las AMPA (Asociación de Madres y Padres de Alumnos) del centro de educación de la ciudad, de centros educativos que impartan primaria en Gavà y que ya hayan iniciado un proceso de Socialización y / o Reutilización de libros en la escuela. Presentar el Plan de acción de Reutilización el curso del año de la convocatori

Solicitud de subvención para personas mayores de 65 años o pensionistas a partir de 60 años en materia de la tasa de basura
Subvención de la ayuntamiento de Gavá

Descripción; Es una subvención que otorga el Ayuntamiento de Gavà a las personas mayores de 65 años o pensionistas a partir de 60 años, en materia de la tasa de basuras del ejercicio 2017, de inmueble catalogado como vivienda habitual, siempre que cumplan requisitos. Fechas de presentación Desde el 15/01/2016 hasta el 31/01/2016 Documentación a presentar 1. Solicitud de la subvención correctamente cumplimentada 2. NIF solicitante 3. Número de cuenta bancaria (inquilinos y residentes vivienda familiar) 4. Certificación acreditativa de gastos: factura de alquiler o del préstamo hipotecario. El hecho de prestar la solicitud conlleva que se autoriza al Ayuntamiento de Gavà en la consulta de los siguiente datos: En el Ayuntamiento de Gavà: Volante de convivencia de la vivienda por el que solicita subvención. En la dirección General de Catastro: Certificado catastral que no figura como titular hay otro local o vivienda En la Agencia Estatal de Administración Tributaria: Declaración de IRPF del ejercicio anterior de todas las personas que conviven en el domicilio. En el INSS: Certificado prestaciones SS En caso de que no se autorice al Ayuntamiento de Gavà a hacer estas consultas, los solicitantes deberán entregar las certificaciones correspondientes junto con la solicitud de subvención. Requisitos - Estar empadronado en Gavà. - Tener más de 65 años o pensionistas a partir de 60 años. - Que la vivienda por la cual tributa sea su residencia habitual. Se entenderá como domicilio habitual aquel en el que figure empadronado el beneficiario. - Estar al corriente de pago con la hacienda municipal. - Acreditar que no figura como titular de ninguna otra vivienda o local, ni en Gavà ni en ningún otro municipio. - Tener unos ingresos mensuales iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional (648,60€). En el caso de parejas, los ingresos mensuales no podran superar el SMI en más de un 25%, es decir, 810,75€. Si en el domicilio conviven tres o más miembros, se irá sumando el 25% del SMI por persona. Se entenderán como ingresos mensuales los que provienen de pensiones, rendimientos del trabajo i rendimientos de capital mobiliario de todas las personas que conviven en el domicilio. Al resultado de este sumatorio, si es necesario, se le descontará el importe del préstamo hipotecario o alquiler, hasta un máximo de 700€ mensuales. - Que la vivienda por la que tributa, sea su residencia habitual. -Estar al corriente de pago con la Hacienda municipal. -Acreditar que no figura como titular de ninguna otra vivienda o local, ni en Gavà ni en otro municipio. Canales de entrada Presencial Destinatarios del trámite Mayores de 65 años o pensionistas Lugares de presentación OAC Ayuntamiento Plaça Jaume Balmes, sn. Planta 0 Dilluns, dimecres i divendres de 9 a 14.30 i dimarts i dijous de 9 a 19. Horari d'estiu: de dilluns a divencres de 9 a 14.30

Solicitud de subvención para entidades
Subvención de la ayuntamiento de Gavá

Descripción; Es una subvención que concede el Ayuntamiento de Gavà a las entidades de la ciudad para el desarrollo de actividades durante el año 2017. El objeto de las bases es subvencionar las actividades que fomenten el interés público o social en Gavà, que se lleven a cabo a lo largo del año 2017 y que tengan la finalidad de: -Mejorar la cohesión social de la ciudad. -Promover el assciacionisme que trabaja potenciando servicios de interés general para la colectividad y atribuidos a la competencia local. -Fomentar valores sociales y culturales y nuevas formas de participación. -Favorecer la cooperación entre el sector público y el privado. -Posibilitar el crecimiento cultural, deportivo y el privado. -Promover un desarrollo más sostenible de la ciudad. -Mejorar la convivencia y el civismo entre la ciudadanía -Fomentar la inclusión educativa y social de la ciuadanía. Fechas de presentación Desde el 20/12/2016 hasta el 31/01/2017 Documentación a presentar 1. La solicitud tendrá que tramitarse a través de medios electrónicos, mediante instancia normalizada y adjuntando la preceptiva documentación. 2 . Anexos 0 hasta el 6 . Anexo 0 : Resumen de la documentación que se adjunta . Anexo 1: Datos generales de la entidad y relación de actividades para las cuales solicita subvención dentro del proyecto/ programa anual. Anexo 2 : Proyectos descriptivo de la actividad o servicio a reañizar, con presupuesto detallado de los gastos desglosando , con presupuesto detallado de los gastos desglosado por costes unitarios e ingresos a realizar por su ejecución. Igualmente en caso de ser necesario para el desarrollo de la actividad se anexará solicitud de material de infraestructura . Anexo 4 . Declaración de las subvenciones recibidas de instituciones públicas o privadas para este programa y compromiso de comunicar en el Ayuntamiento las que se obtengan en el futuro. Anexo 5 . Declaración de no encontrarse inhabilitado para contratar con las Administraciones Públicas o para obtener subvención de las mismas. Anexo 6. Fichas federativas y hojas de inscripción . En el caso de tratarse de entidad que pide subvención por primera vez, memoria de las actividades desarrolladas por la entidad del año anterior, que necesariamente incluirá balance económico con ingresos y gastos, del ejercicio anterior. Requisitos Para obtener la condición de beneficiarios / as : - Que las actividades se realicen en el término municipal de Gavà , o fuera de éste en caso de que se considere de interés para la proyección exterior de la ciudad . - Que las actividades y / o los servicios complementen o suplan la competencia municipal en estas materias , así pues , no serán subvencionables las actividades que formen parte del catálogo de actividades , programas y proyectos que desarrolla específicamente alguno de los Departamentos del Ayuntamiento de Gavà . - Que las actividades sean siempre sin ánimo de lucro , o bien que si se obtienen beneficios , éstos sean revertidos a la propia actividad y declararlos como ing'res cuando se presente la memoria de la actividad . En ningún caso el importe de los beneficios obtenidos más el de la subvención otorgada podrá ser superior al coste de la actividad . Los beneficiarios / as deberán acreditar debidamente : - Tener sede social o delegación en el término municipal de Gavà . - Tener objetivos y finalidades coincidentes con los establecidos por las bases . - Haber justificado correctamente las anteriores subvenciosn otorgadas por el Ayuntamiento de Gavà y encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento en su caso. -No encontrarse inhabilitado para contratar con las administraciones publi Públicas o para obtener subvención de las mismas (annex 5) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento , la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social .

Solicitud de subvención para el comedor del centro CAVIGA 2015-2016
Subvención de la ayuntamiento de Gavá

Descripción; El objeto de estas bases es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, tramitación, concesión y cobro de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Gavà a las familias de las personas asistentes al taller ocupacional y que estén empadronadas en Gavà, para el uso del servicio de comedor curso 2015-206 Documentación a presentar 1. Modelo formalizado de solicitud (anexo I). Esta solicitud incluye la autorización para accdder a los datos de la renta y patromonio de la Agencia Tributaria del último ejercicio, de todos los miembros de la Unidad familiar. 2. Fotocopia NIF o NIE de todos los miembros de la familia. 3. En caso de familia numerosa o monoparental, fotocopoa de los Carnets acreditativos. 4. Documentos por ingresos por conceptos no contributivos. En caso de algún miembro de la unidad familiar haya percibido rendimientos no contributivos en el año 2014, será neceario aportar la acreditación correspondiente con el importe y cuantía percibida. 5. Certificado o documentos de la oficina de trabajo de la Generalitat de Cataluña, que conste que se ha percibido subsidio de paro, su importe en el año 2014 (Este subsidio es para personas que han agotado la prestación contributiva). Las personas que perciban la Renda Mínima de Inserción (PIRMI) o equivalente, autoritzación al Ayuntamento para obtener el certificado y su importe, en el año2014. Certificado o documentos de otras pensiones no contributivas percebidas en el año 2014. Otras situaciones de ingreso o rendimentos no contributivos no previstos anteriormente, acreditado con documentación fehaciente. Requisitos Podrán obtener la condición de beneficiarios / as de las subvenciones a que se refieren estas bases las personas que cumplan las condiciones y requisitos: - Estar empadronado al municipio de Gavà. - Estar asistiendo de forma regular y permanente en el Taller Ocupacional CAVIGA. Cumplimentar debidamente la solicitud y presentarla, dentro del período establecido, en las dependencias del Taller Ocupacional

Tarjeta rosa metropolitana
Subvención de la ayuntamiento de Gavá

Descripción; Es una prestación que se pueden beneficiar las personas mayores de 63 años y las personas con disminución para tener una tarjeta de transporte gratuita o con un descuento del 60% siempre que cumplan requisitos. Fechas de presentación Todo el año Documentación a presentar PERSONAS CON DISMINUCIÓN 1.- Solicitud correctamente rellenada. 2.- Volante de convivencia. 3.- Fotocopia DNI. 4.- Fotocopia certificado disminución expedido por el ICASS. En cualquier caso, se considerará afectados por una invalidez en grado igual o superior al 33% los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. 5.- Certificado de pensiones, nóminas o certificado de subsidio. Solicitante y pareja. 6.- Fotocopia de la declaración de la renta. Solicitante y pareja. En caso de no hacer la declaración de la renta, certificado de Hacienda conforme no hacen la declaración. PERSONAS MAYORES DE 63 AÑOS 1.- Solicitud correctamente rellenada. 2.- Volante de convivencia. 3.- Fotocopia DNI. 4.- Certificado de pensiones. Solicitante y pareja. 5.-Fotocopia de la declaración de la renta. Solicitante y pareja. En caso de no hacer la declaración de la renta, certificado de Hacienda conforme no hacen la declaración. Requisitos - Estar empadronado en el municipio de Gavà. - Tener más de 63 años o acreditar un grado de disminución igual o superior al 33% mediante un certificado expedido por el ICASS (Institut Català d'Assistència i Serveis Socials). - Tener unos ingresos económicos por todos los conceptos (pensiones, ayudas, alquileres, intereses de capital, etc.) inferiores al doble del IPREM. Canales de entrada Presencial Destinatarios del trámite Mayores de 65 años o pensionistas Lugares de presentación OAC Ayuntamiento Plaça Jaume Balmes, sn. Planta 0 Dilluns, dimecres i divendres de 9 a 14.30 i dimarts i dijous de 9 a 19. Horari d'estiu: de dilluns a divencres de 9 a 14.30

Solicitud de subvención de cooperación
Subvención de la ayuntamiento de Gavá

Descripción; El objeto de las presentes bases es definir el conjunto de condiciones y el procedimiento a seguir para la solicitud, tramitación, concesión, justificación y pago de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Gavà en: -Proyectos de cooperación internacional al desarrollo. -Proyecto de Educación para el Desarrollo. Los proyectos de caràcter plurianual, sólo podrán optar a ser subvencionables de forma consecutiva durante un período de 3 años. La subvención se aplicará a los gastos del proyecto correspondientes al año 2017. Estas subvencionesse podrán formalizar mediante firma de convenio. Fechas de presentación Desde el 20/12/2016 hasta el 31/01/2017 Documentación a presentar Doc. Básico: La solicitud deberá tramitarse a través de medios electrónicos, mediante instancia normalizada y adjuntando la preceptiva documentación. Anexo 0. Resumen documentación que se adjunta Anexo 1. Datos generales de la entidad y descripción del proyecto y Currículo de la contraparte local. Anexo 2. Proyectos de cooperación al desarrollo. (Según estructura punto 8). Anexo 3. Proyectos de Educación para el Desarrollo. (Según estructura punto 8). Anexo 4. Certificación bancaria del número de cuenta bancaria para el fin de hacer transferencia del importe de la subvención otorgada, en los casos que proceda. Anexo 5. Declaración de las subvenciones recibidas de instituciones públicas o privadas para este programa y compromiso de comunicar al Ayuntamiento las que se obtengan en el futuro. Requisitos Para obtener la condición de beneficiarios / as de las subvenciones a que se refieren estas bases, las entidades deberán cumplir las condiciones y los requisitos siguientes: Proyectos de cooperación al desarrollo. Que la entidad tenga entre sus finalidades, la Cooperación Internacional. Si la entidad no tiene como finalidad en sus estatutos la cooperación internacional, será necesario que presente un informe sobre las actividades realizadas por la entidad en este campo o bien, un informe avalado por una entidad sin ánimo de lucro con experiencia. Que la entidad tenga experiencia en el trabajo en los Países del Sur (están incluidos todos los países del mundo que se encuentran por debajo del umbral de bienestar social y económico internacional considerado como mínimo). El proyecto debe contar con la participación de una contraparte en la localidad donde se lleva a cabo, identificando a los anexos. El proyecto de cooperación al desarrollo debe incorporar un proyecto / acción de sensibilización destinada a trasladar a la ciudadanía de Gavà los objetivos del proyecto, fomentando valores de solidaridad y cooperación. Durante el año 2017 se realizarán diferentes programas y ciclos que aglutinarán las diferentes actividades. Será requisito indispensable que cada actividad se concrete a la nueva propuesta de programa de sensibilización, la quincena de la solidaridad. Cada entidad podrá presentar una única solicitud referida a un único proyecto. Proyectos de Educación para el Desarrollo. Que las actividades se realicen en el término municipal de Gavà, o fuera del mismo en caso de que se considere de interés para la proyección exterior de la ciudad. Garantizarán una participación activa de ciudadanos y / o ciudadanas de Gavà en el diseño, la ejecución y la evaluación de los proyectos. Las delegaciones de entidades de un ámbito territorial superior en Gavà, deberán acreditar las personas gavanensas que participan activamente del proyecto. Que las actividades y / o servicios complementen la competencia municipal en estas materias, así pues, no serán subvencionables las actividades que formen parte del catálogo de actividades, programas y proyectos que desarrolla específicamente alguno de los Departamentos del Ayuntamiento de Gavà. Pueden ser subvencionables cualquier actividad que incorpore cualquiera de las cuatro dimensiones de EPD. Que las actividades sean siempre sin ánimo de lucro, o bien que si se obtienen beneficios, éstos sean revertidos a la propia actividad o proyectos de cooperación al desarrollo y declararlos como ingreso cuando se presente la memoria de la actividad. En ningún caso el importe de los beneficios obtenidos más el de la subvención otorgada podrá ser superior al coste de la actividad. Por otro lado, tanto para los proyectos de cooperación internacional como los proyectos de EPD, los requisitos exigibles a los / las beneficiarios / as, y que se deben acreditar debidamente, son los siguientes: Tener sede social o delegación en el término municipal de Gavà. Tener objetivos y finalidades coincidentes con los establecidos por las bases. Haber justificado correctamente las anteriores subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Gavà y encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento, en su caso. No encontrarse inhabilitado para contratar con las Administraciones Públicas o para obtener subvención de las mismas Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social. Estos hechos deberán justificarse mediante: Certificados acreditativos de la inexistencia de deudas de carácter tributario y con la seguridad social. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Gavà compruebe de forma directa el cumplimiento de las obligaciones en estas materias. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar la correspondiente certificación. Más información Canales de entrada Sede electrónica Destinatarios del trámite Entidades Lugares de presentación OAC Ayuntamiento Plaça Jaume Balmes, sn. Planta 0 Dilluns, dimecres i divendres de 9 a 14.30 i dimarts i dijous de 9 a 19. Horari d'estiu: de dilluns a divencres de 9 a 14.30

Solicitud de subvención para la instalación de aparatos elevadores (ascensores, salvaescaleras...) para edificios de viviendas. Convocatoria 2017
Subvención de la ayuntamiento de Gavá

Descripción; Solicitud de subvenciones para instalación de ascensores para la supresión de barreras arquitectónicas en edificios de vivienda. Convocatoria 2016. El concepto de aparato elevador incluye los ascensor y otros elementos para el acceso de personas con discapacidad física. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones: Las Comunidades de Propietarios que no dispongan de instalación de ascensor y que su edificio disponga, como mínimo, de planta baja más tres plantas, legalmente constituidas, y con domicilio en la ciudad de Gavà. También podrán ser beneficiarias las comunidades de propietarios de planta baja más 1 o 2 pisos, cuando residan personas con discapacidad acreditada de un mínimo de un 33% o con 65 años o más.De manera excepcional, en esta tipología de comunidades, cuando un vecino se haga cargo de todos los gastos de la instalación del aparato elevador y la licencia de obras se tramite a su nombre, podrá ser considerado como beneficiario de la subvención. Quedan por tanto excluidos las viviendas unifamiliares, los promotores de obra nueva o rehabilitación, los constructores y propietarios en régimen vertical;así como las obras de gran reforma, mantenimiento y sustitución de ascensores existentes. Fechas de presentación Desde el 29/09/2017 hasta el 31/12/2017 Documentación a presentar Las solicitudes para participar en las convocatorias de estas bases se formularán a través de medios electrónicos y adjuntando la preceptiva documentación, que se puede descargar de la página web http://www.gavaciutat.cat Los interesados deberán entregar la siguiente documentación: Referente a la propiedad -Solicitud, según modelo normalizado. -Fotocopia del libro de actas de la Comunidad de Propietarios en el que quede reflejado el acuerdo que deberá cumplir con el art.553-25, de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, Libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales;es decir, requerirá el voto favorable de la mayorías de los propietarios que a la vez representen de las cuotas de participación de las cuotas de participación, en primera convocatoria, o la mayoría de las cuotas presentes o representadas, en segunda convocatoria, a excepción de lo recoge el artículo 3. -Fotocopia del NIF Fiscal de la Comunidad de Propietarios -Certificación bancaria para transferir el importe de la subvención (anexo III) -Acreditación del grado de discapacidad, en su caso. -Ciertoymetidos acreditativos de la inexistencia de deudas de carácter tributario, con la seguridad social y con la hacienda municipal.La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Gavà compruebe de forma directa el cumplimiento de las obligaciones en esta materia.Sin embargo, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar la correspondiente certificación. Referente a las obras Si la instalación del aparato elevador comporta licencia de obras: -El órgano instructor comprobará de oficio el otorgamiento de la licencia de obras y / o su solicitud. Si la instalación del aparato elevador no comporta licencia de obras: -Proyecto técnico de las obras y presupuesto detallado por partidas, elaborado y suscrito por técnico competente y firmado por el Presidente o responsable de la Comunidad de Propietarios. En la solicitud de la subvención debe constar la fecha aproximada de inicio de las obras, que como máximo será de seis meses desde la concesión de la subvención, y de final de las obras. Toda modificación de las condiciones, tanto técnicas como jurídicas, tenidas en cuenta para la concesión de la subvención deberán ser comunicadas al Ayuntamiento de Gavà, previamente a la ejecución de las obras, para su aceptación. Requisitos Los requisitos que deben cumplir las Comunidades de Propietarios son: -Estar legalmente constituidas, con número de identificación fiscal. -Estar al corriente de las obligaciones fiscales con todas las administraciones públicas (Estatal, Autonómica y Local) -Acuerdo de la Comunidad de Propietarios donde se acuerde la necesidad de la instalación del ascensor. -Haber sido otorgada la licencia de obras correspondiente, en su caso. -En caso de que el edificio tenga abierto algún expediente disciplinario por patologías estructurales, no se podrá acceder a las ayudas para la instalación de aparatos elevadores si no se han solucionado primero los problemas estructurales.En cualquier caso, se podrán realizar las obras simultáneamente. Además, los requisitos de las comunidades de edificios plurifamiliares de planta baja más 1 o 2 pisos, -Acreditación de que alguna persona de las empadronadas en las viviendas del edificio, tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33% o tenga 65 años o más.

Becas para el soporte a las actividades de verano
Subvención de la ayuntamiento de Gavá

Descripción; Subvención que otorga el Ayuntamiento de Gavà a las familias por la asistencia de sus hijos/as a las actividades de verano, siempre que cumplan las condiciones y requisitos descritos en las bases reguladoras. Fechas de presentación Desde el 29/05/2017 hasta el 09/06/2017 Documentación a presentar Las solicitudes para participar en la convocatoria de estas bases se deben formular mediante impresos normalizados que se facilitarán en la OAC del Ayuntamiento de Gavà o por la sede electrónica. Los interesados deberán entregar la documentación que a continuación se detalla en la OAC del Ayuntamiento de Gavà, o por registro telemático en la sede electrónica: 1. En caso de haberse presentado a la convocatoria de subvenciones de apoyo a la escolarización, o actividades extraescolares, del último curso escolar, y autoricen la consulta a la hoja de la solicitud, sólo deberán presentar la documentación detallada en el apartado 2, 3 y 4. 2. Modelo normalizado de solicitud (anexo I). 3. Certificado del Centro prestador de la actividad de verano, demostrativo de estar inscrito en el mismo y del importe de la actividad. (Anexo II) 4. Factura y comprobante de pago del 100% del importe de la actividad de verano o documento del centro prestador de la actividad de verano, que deberá manifestar que acepta las presentes bases y se compromete a descontar de las cuotas de la actividad verano el importe de la subvención (Anexo II) 5. Fotocopia de todas las páginas del Libro de Familia del beneficiario (menor que realizará la actividad) 6. Fotocopia NIF o NIE de todos los miembros de la unidad familiar. 7. Documentos de los ingresos o rendimientos por conceptos no contributivos del año anterior a la convocatoria: Subsidio de desempleo, dependencia y otras prestaciones. 8. En caso de separación o divorcio, fotocopia de la sentencia judicial donde se especifiquen los acuerdo económicos. En caso de incumplimiento del pago de los acuerdos, aportar copia de la denuncia o de la demanda judicial. 9. Las personas que perciban la Renta Mínima de Inserción (PIRMI) o equivalente, autorización al Ayuntamiento para obtener el certificado y su importe. 10. En caso de familia numerosa, fotocopia de los carnet acreditativo de la condición de familia numerosa y / o de familia monoparental, en vigor. 11. Niños en acogimiento acreditará mediante la resolución de acogida del Departamento correspondiente de la Generalidad de Cataluña. 12. En caso de discapacidad del alumno o hermanos aportar el Certificado que acredite la discapacidad, emitido por un centro de Atención a Personas con Discapacidad del Departamento correspondiente de la Generalidad de Cataluña, o por los organismos competentes de otras comunidades autónomas. 13. SOLO EN EL CASO DE QUE SE HAYA ABONADO EL 100% DEL IMPORTE DE LA ACTIVIDAD: Cuenta bancaria para hacer transferencia del importe de la subvención otorgada, en su caso (anexo III). Es obligatorio presentar el anexo III, correctamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria. 14. En casos excepcionales, en los que la situación económica y familiar haya sufrido cambios respecto al año anterior de la convocatoria, se podrá valorar documentación actual justificativa de la situación socioeconómica de la unidad familiar: nóminas actuales, certificación de la oficina del paro en el que conste el importe mensual de la prestación y / o subsidio, así como cualquier otro documento que permita valorar con exactitud la renta per cápita familiar o la no percepción de ingresos. Por la naturaleza de la ayuda y la especificidad del colectivo, para obtener la condición de becario no es necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones. El hecho de prestar la solicitud conlleva que se autoriza al Ayuntamiento de Gavà a la consulta de los siguiente datos: En el Ayuntamiento de Gavà: Volante de convivencia de la vivienda por el que solicita subvención. En la Agencia Estatal de Administración Tributaria: Declaración de IRPF del ejercicio anterior de todas las personas que conviven en el domicilio. En el Instituto Nacional de Seguridad Social Prestaciones, contributivas y no contributivas que reciben A Generalidad de Cataluña Renta Mínima de Inserción (PIRMI) En caso de que no se autorice al Ayuntamiento de Gavà a hacer estas consultas, los solicitantes deberán entregar las certificaciones correspondientes junto con la solicitud de subvención. En caso de hermanos, hay que aportar una única solicitud, pero deberán juntar una anexo II para cada niño. Requisitos - Tener entre 3 y 16 años y estar cursando de P-3 a 4º de l’ESO el año de la convocatoria - Estar empadronado en el municipio de Gavà. - Haber formalizado la inscripción en una actividad de verano organizada por un centro de Gavà. Incluye colonias y campamentos. - Rellenar debidamente la solicitud y presentarla, dentro del período establecido en la OAC del Ayuntamiento de Gavà, o sede electrónica, y adjuntar la documentación requerida, descrita en la hoja de solicitud. - No disponer de un umbral de renta superior a 1,8 * IRSC + (1.500,00 € * (MUF-1) Núm, personas Unidad Familiar Umbral máximo (Importe en brut) 2 15.841,91 € 3 17.341,91 € 4 18.841,91 € 5 20.341,91 € 6 21.841,91 € 7 23.341,91 € IRSC, Indicador de renta de suficiencia de Cataluña, establecido en 569,12 euros mensuales y 7.967,73 euros anuales, para el ejercicio 2015, a la Ley de presupuestos de la Generalidad MUF, Miembros de la Unidad Familiar de Convivencia: · Los progenitores, en su caso, el / la tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, el solicitante, los hermanos solteros menores de veintiún cinco años y que convivan en el domicilio familiar o los de más edad , cuando se trate de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial. · En caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable aquel que no conviva con el solicitante de la beca. Sin embargo tendrá la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, la renta se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar. · En los casos de violencia machista con sentencia o resolución judicial, no se considerará miembro computable el maltratador, de acuerdo con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. El cálculo de la renta se realizará a partir de los datos obtenidos, mediante la consulta a la Agencia Tributaria y de las pensiones no contributivas, de la siguiente manera: Primero: Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyendo los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes de los cuatros ejercicios anteriores, y el saldo neto negativo de rendimientos de capital mobiliario de los cuatro ejercicios anteriores a la base del ahorro. Segundo: a este resultado se restará la cuota resultante de la liquidación. Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios y no han presentado la declaración por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, se seguirá el procedimiento descrito y del resultado obtenido se restarán los pagos efectuados a cuenta. No se podrá adquirir la condición de beneficiario cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Si existe resolución de reintegro sobre cualquier subvención concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Gavà y no haber dado cumplimiento a la obligación de pago en los términos que resulten de aquella. b) Cualquiera de las previstas en estas bases o en la normativa de aplicación. Más información EL IMPORTE MÁXIMO DE LA SUBVENCIÓN, PODRÁ SER DE HASTA EL 100%, CON UN MÁXIMO DE 5 SEMANAS Y DEPENDERÁ DE LA PUNTUACIÓN OBTENIDA, DEPENDIENDO DEL NIVEL DE RENTA, DE LAS SITUACIONES ESPECÍFICAS Y DE LA VALORACIÓN POR PARTE DE SERVICIOS SOCIALES DE CADA UNIDAD FAMILIAR (VER BASES REGULADORAS).

L'Àrea Metropolitana de Barcelona
Convocatoria de subvencioins de l'habitatges

L'Àrea Metropolitana de Barcelona ha obert una convocatòria de subvencions per a actuacions d'adequació i obtenció de l'habitabilitat en habitatges individuals o unifamilars dels municipis de l'àrea metropolitana amb una dotació total de 2,3 milions d'euros. Se subvencionarà fins al 50% de la intervenció amb un màxim de 3.000 euros, o fins a 6.000 si l'habitatge es posa o ja resta en disposició de la Borsa Local de Lloguer. Les sol·licituds s'hauran de presentar a l'Oficina Local d'Habitatge de Gavà o a l'Oficina d'Atenció Ciutadana de l'Ajuntament. El termini per sol·licitar l'Informe d'Idoneïtat s'allargarà fins al 31 d'octubre de 2018, i per a les ajuts fins al 30 de desembre de 2018. Es podrà tancar l'adminissió de sol·licituds en data anterior si s'exhaureix la dotació pressupostària. Què fer per aconseguir els ajuts Impresos: Declaració responsable Sol·licitud d'ajuts Autorització de la persona propietària (en cas de llogaters) També pots consultar les preguntes freqüents o el web del Consorci Metropolità de l'Habitatge o Gavaciutat

http://www.cmh.cat/web/cmh/ajuts/programes/programa-habitabilitat-2017

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